Reglamento para las Clases de Actividades Deportivas

Objetivos Generales:
-         Brindar a los habitantes de Tres Lagos, mediante el deporte y el movimiento, una educación integral así como procurar el mejoramiento como personas, fundada en valores como el respeto, la responsabilidad, la humildad, la educación, la honestidad, el compañerismo y la lealtad.
-         Fomentar la salud, el dominio del cuerpo, así como algunas habilidades psicomotrices.
-         Brindar una opción sana para la recreación y convivencia entre los habitantes de Tres Lagos (niños, jóvenes, adultos y adultos mayores) al gozar de sus instalaciones y equipamiento.
Alcance:
El presente reglamento pretende normar la conducta en las clases impartidas en el salón de clases deportivas, el gimnasio, la alberca, los jardines, la cancha de basket, los espacios para costal de boxeo, mesa de ping pong, billar y demás actividades deportivas del Condominio.

Reglas generales para los aspirantes a instructores de clases deportivas:
Acreditación y Presentación de Propuesta
-         Acreditación del instructor como experto en la disciplina que desea impartir ante la Administración y la Comisión de Actividades Deportivas:
o       Curriculum Vitae
o       Acreditación: copia de diplomas de cursos, credenciales, carta de recomendación, técnicas de pedagogía, etc.
o       Proyecto de trabajo:
§       Objetivos de la clase
§       A quiénes va dirigida
§       Metodología de trabajo
§       Propuesta de horario de clases
§       Material necesario
§       Instalaciones a utilizar
-         Considerar que la convocatoria de la clase deberá ser dirigida a todo el Condominio, sin privilegiar a un grupo particular.

Autorización de la Propuesta
-         La Comisión de Actividades Deportivas estudiará el caso de cada aspirante a instructor, analizará horarios disponibles, capacidades del aspirante y necesidades de los habitantes del Condominio, y se reserva el derecho de rechazar, modificar, retirar o autorizar cualquier propuesta.
-         En caso de autorización de la impartición de la clase, se asignará y reservará el horario por parte de la Comisión de Actividades Deportivas en la instalación que le corresponda (salón de clases, alberca, cancha de basket, etc.)

Arranque de las clases
-         El instructor deberá cubrir los requisitos que le fije la Administración, como el pago de una fianza, la obtención de una credencial de acceso, etc.
-         El instructor podrá solicitar que la propaganda de su clase sea desplegada en los pizarrones de comunicados del condominio, previa autorización de la Administración y la Comisión de Actividades Deportivas.
-         Se requiere un mínimo de cinco participantes por clase para respetar la reservación del horario dispuesto. En caso de no cumplir este requisito y si hubiera un aspirante para impartir otra clase, se le otorgará la preferencia al segundo instructor.
-         Los condóminos interesados a la clase deberán contactar al instructor, quien les citará en alguno de sus horarios asignados.




Manejo de Cuotas
-         Se establece una cuota máxima de $450 pesos mensuales por persona, la cual será revisada cada año por el Comité de Vigilancia.
-         Se establece la recaudación de un fondo para Actividades Deportivas, que tendrá la finalidad de reponer o adquirir equipo para las instalaciones deportivas, para mantenerlas en óptimas condiciones para el uso de todos los condóminos.
-         Se establece una aportación de cada instructor para el fondo de Actividades Deportivas, en función de la cuota cobrada por persona por segmento de horario, la cual será revisada anualmente de la misma manera que el punto anterior, de acuerdo a la siguiente tabla:
-        
Cuota cobrada por
persona por hora
Aportación al fondo de Actividades Deportivas
De $1 a $250
5%
De $251 a $300
7.5%
De $301 a $350
10%
De $351 a $400
12.5%
De $401 a $450
15%



-         Los pagos de las cuotas por parte de los condóminos serán recibidos el instructor y éste deberá informar a la Administración, la relación de alumnos en su clase, debiendo pagar la cuota correspondiente al momento en que hay una inscripción, y posteriormente dentro de los primeros cinco días del mes, en los horarios de atención de las oficinas de la Administración. Para el control de cobros la Administración expedirá recibos de los que conservará copia para justificar los cobros y las aportaciones al fondo.

En caso de que el instructor no reporte alumnos nuevos y no pague la cuota correspondiente se le sancionará no permitiéndole el uso de la instalación por el tiempo que el Comité de Actividades Deportivas considere necesario.

En caso de que el instructor no cubra su cuota mensual, se le negará el uso de las instalaciones, hasta que cubra con la cuota correspondiente.



Responsabilidad y cuidado
-         Cada instructor se hace responsable del uso, cuidado, preservación y en caso de daño reposición del material que el Condominio le confíe, así como el cuidado del patrimonio del Condominio.
-         El instructor deberá respetar el reglamento del condominio, así como los reglamentos específicos de cada área dentro de éste, así como seguir las indicaciones y recomendaciones del Comité de Vigilancia, la Comisión de Actividades Deportivas y personal de seguridad. Es fundamental el respeto por los asistentes a la clase, y a las demás personas, así como la preservación del orden y la tranquilidad dentro del Condominio.
-         El instructor debe velar por la seguridad de las personas que toman su clase, al brindarles las recomendaciones pertinentes de manera clara y oportuna, así como una supervisión continua, especialmente en aquellas actividades que implicaran cierto riesgo.
-         En caso de accidentes personales, problemas cardiovasculares o lesiones en los participantes de las clases, no se hacen responsables el Condominio, la Administración, el Comité de Vigilancia ni la Comisión de Actividades Deportivas.





Reglamento para los participantes de las clases
-         Conocer el estado de salud personal a través de un chequeo médico y hacerse responsable de evitar accidentes personales, problemas cardiovasculares, o lesiones en su persona o de los demás.
-         Inscribirse con el instructor, y cubrir la cuota correspondiente, en el tiempo y la forma que él designe.
-         Acudir con la ropa y el equipamiento adecuado para la actividad de acuerdo a lo que el instructor designe y respetando los reglamentos de cada área del condominio (para el salón de clases: zapato tenis, ropa deportiva, sin el torso desnudo; en alberca traje de baño, gorra, googles y sandalias, etc.)
-         Comportarse de una manera adecuada y respetuosa hacia los demás y hacia sí mismo.
-         Respetar los horarios de inicio y de cierre de cada instalación.
-         Seguir las recomendaciones del instructor.
-         Cuidar el equipo y las instalaciones que son Patrimonio del Condominio para su preservación.
-         Seguir las recomendaciones de limpieza e higiene apropiadas de cada actividad
-         Respetar las indicaciones del personal de vigilancia.
-         Prohibido fumar, asistir a las clases bajo el consumo de alcohol o cualquier tipo de droga, ingresar alimentos o mascotas.

5 comentarios:

  1. Como alguien comento, la redaccion parece hecha para cubrir al administrador. Creo que es mejor decir que cada usuario es responsable de cuidar sus objetos personales y conocer si es capaz de participar en las actividades deportivas. Yo entiendo que en caso de haber un accidente el condominio si le prestaria la ayuda en el momento, lo cual no implica que sea el causante del daño.

    Respecto a las cuotas de instructores, sugiero considerar que la clases no cuesten mas de 300 pesos y olvidarse la aportacion al "fondo de actividades deportivas". Asi el beneficio lo reciben los condominos directamente. El instructor esta dejando de pagar una renta del lugar y eso debe de beneficiar a los condominos propietarios del lugar.

    Finalmente, no se publico, pero es importante revisar la directivas de seguridad. Es importante que se cubra la seguridad de los accesos de autos e incluso el perimetro del condominio, no solo "intramuros" como dicen ahora. Los mayores riesgos son al entrar en auto o dejar el auto estacionado.

    Gracias

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  2. De acuerdo a esta propuesta del reglamento, es la Comision de actividades deportivas quien se encarga de autorizacion de las clases (verificar el perfil del instructor, sus credenciales, etc.).
    Por la politica del comite de vigilancia, y el acuerdo de la asamblea, cualquier comision es solo un organo consultivo, asi que NO puede autorizar nada por su propia cuenta, sino solo presentar las presupuestas, debidamente fundamentadas, al comite de vigilancia, para su autorizacion.

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  3. Nos gustaría que el comité de Actividades Deportivas se ocupara de Buscar, Agendar y Promover las clases en el salón, contratando instructores o mediando para que se lleve a cabo el proceso completo que se menciona en el reglamento. Existen muchas opciones de clases que tendrían mucho éxito entre los condóminos, desde Yoga (para adultos), Pilates, Baile Arabe, Tai Chi, KickBoxing, Aerobics, etc...

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  4. Los instructores tienen que pagar una cuota para crear un fondo para pagar el mantenimiento y/o reparación de las instalaciones, no puede ser que alguien que este haciendo negocio no pague por las intalaciones que no son suyas, y por el desaste que su actividad genera, como ejemplo les comento: sabemos que el mtto del pasto lo pagamos con nuestra cuota, ¿que pasaría si a un instructor se le autoriza enseñar futbol en el area verde común?, se imaginana, adiós area verde, y además el costo de su continuo mantenimiento correria por parte de todos y eso no estaría bien. Asi aplica para todoas las intalaciones que son de todos, no del instructor, ni de un pequeño grupo de personas que buscan un beneficio propio, tenemos que pensar como una comunidad.

    Creo que para controlar mejor a los participantes sería conveniente que se inscribieran en la administración, llenando un formato, y si pagarle al instructor, y éste a su vez pague la cuota a la admon.

    Ya paso que un instructor dejo de pagar aprox 4-5 meses y la administración no hizo nada, a pesar de la solicitud de algunas personas a actuar, esta persona se fué y no pagó nada, por lo que ¿en que momento se sanciona al instructor que no paga, al primer mes, al segundo?, y ¿que sanción habrá para la administración que no cumple con su trabajo?

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